Autorizaciones
 

Artículo 8 

 

 

1. Los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la siguiente  información pública de conformidad con los lineamientos que expida el Instituto al inicio  de cada año o dentro de los siguientes veinte días naturales a que surja alguna  modificación, de acuerdo con sus atribuciones y a disposición de cualquier interesado: 

 

 

XV. El registro de licencias, permisos y autorizaciones otorgados, precisando: 

 

a. El titular del derecho otorgado; 

b. Naturaleza de la licencia, permiso o autorización; 

c. Fundamento legal; 

d. Vigencia; y 

e. Monto de los derechos pagados por el titular del derecho.

 
 

Padrón de Licencias 2011  (Relación de Refrendos)

Relación de nuevas aperturas (2011)
 
 
 
Información resguardada en:  Tesorería Municipal
Responsable: Lic. Juan Carlos Macip Fernández