Juicios y Enajenaciones
 

Artículo 8 

 

 

1. Los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la siguiente  información pública de conformidad con los lineamientos que expida el Instituto al inicio  de cada año o dentro de los siguientes veinte días naturales a que surja alguna  modificación, de acuerdo con sus atribuciones y a disposición de cualquier interesado: 

 

 

XII. Las enajenaciones y otros actos jurídicos relacionados con bienes públicos,  indicando los motivos, beneficiarios o adquirentes, así como los montos de las  operaciones

 
 
 

Asuntos Jurídicos- 2011

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

Responsable: Lic. Armando Lara Bandala

Dirección de Asuntos Jurídicos