Artículo
8
1. Los sujetos obligados deberán
publicar y mantener actualizada la siguiente información
pública
de conformidad con los lineamientos que expida el Instituto al inicio de
cada año
o dentro de los siguientes veinte días
naturales a que surja alguna modificación,
de acuerdo con sus atribuciones y a disposición
de cualquier interesado:
XIV. Las convocatorias a los procedimientos
administrativos de licitación pública, licitación restringida o
simplificada, incluidos los contratos o pedidos resultantes, además, de
elaborarse un listado con las ofertas económicas consideradas. En el caso
de los procedimientos administrativos de licitación, los fallos emitidos
deberán contener:
1)
Nombre o razón social del contratista o proveedor;
2)
Objeto y monto del contrato;
3)
Fundamento legal; y Vigencia del Contrato